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Quintana Roo endurece sanciones en el transporte para garantizar seguridad

Las reformas al Código Penal y la Ley de Movilidad permiten la persecución de oficio de delitos relacionados con el servicio de transporte, incrementando penas y estableciendo causales para la revocación de licencias y concesiones.

En una medida decisiva para fortalecer la seguridad en el servicio de transporte, el Congreso de Quintana Roo aprobó reformas al Código Penal y a la Ley de Movilidad del estado. Estas modificaciones permiten que los delitos por daños y lesiones relacionados con el transporte sean perseguidos de oficio, sin necesidad de una denuncia previa, y establecen sanciones más severas para los infractores.

La gobernadora Mara Lezama Espinosa expresó su agradecimiento a las diputadas y diputados de la XVIII Legislatura por la aprobación de esta iniciativa, subrayando que «no habrá tolerancia ni impunidad para quienes, en el ejercicio del servicio del transporte público y privado, atenten contra la vida, seguridad y bienes de los usuarios, de la ciudadanía y los turistas».

Principales reformas al Código Penal:

  • Artículo 107 Bis: Establece que las penas por homicidio o lesiones relacionadas con el servicio de transporte aumentarán hasta en un 50% si el delito ocurre durante la prestación del servicio. Si las víctimas son menores de 18 años o turistas, las penas podrán incrementarse hasta en dos terceras partes. Estos delitos serán perseguidos de oficio.
  • Artículo 162 Bis: Introduce sanciones de 2 a 6 años de prisión y multas de 15 a 200 días para quienes, durante la prestación del servicio de transporte público o privado, causen daños dolosos. Estos delitos también serán investigados de oficio.
  • Modificación del Artículo 182: Busca castigar con mayor severidad los ataques contra las vías de comunicación y medios de transporte, especialmente cuando afectan servicios como el transporte público local, las calles o carreteras, y la tecnología utilizada en ellos. Las sanciones para estos delitos van desde 6 meses hasta 4 años de cárcel.

Reformas a la Ley de Movilidad:

Las modificaciones a la Ley de Movilidad establecen causales claras para retirar, suspender o cancelar temporal o definitivamente licencias de conducir, permisos y concesiones en casos de delitos relacionados con el servicio de transporte, tanto público como privado. Por ejemplo, se faculta al Instituto de Movilidad para cancelar de forma definitiva las licencias o permisos de conducir cuando se compruebe que el titular cometió algún delito doloso durante la prestación del servicio de transporte.

Estas reformas son producto de la participación ciudadana y del consenso entre el sector público y privado, mediante mesas de trabajo que integraron diversas propuestas. Se enmarcan en el Nuevo Acuerdo por el Bienestar y Desarrollo de Quintana Roo, que busca una transformación profunda y humanista, poniendo a las personas en el centro de las decisiones.

Con estas medidas, Quintana Roo avanza hacia un transporte más seguro y competitivo para todos, garantizando que quienes cometan delitos relacionados con el servicio de transporte enfrenten consecuencias firmes y sin impunidad.

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